La Sala Superior analiza obligaciones de transparencia de los partidos políticos
Sesión pública |27 de mayo de 2026
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A continuación, podrás leer lo más importante de esta sesión:
Criterios sobre uso de programas sociales
CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS SUP-CDC-1/2026
Magistrado: Gilberto de Guzmán Bátiz García.
¿Qué pasó?
Un ciudadano con datos protegidos promovió una contradicción de criterios ante la Sala Superior contra una resolución de la Sala Regional Monterrey, señalando que ambas salas se contradecían en los elementos necesarios para determinar el clientelismo electoral por la gestión de programas sociales dado que la Sala Superior sancionaba la entrega con logos partidistas mientras la Sala Monterrey exigía requisitos adicionales, y buscando que se establecieran de manera uniforme las reglas aplicables.
¿Qué resolvió?
Constatando que los precedentes invocados no analizaban un mismo problema jurídico ni partían de circunstancias fácticas equivalentes, observando que los casos se desarrollaron en contextos electorales distintos con elementos específicos de coacción no acreditados en este asunto, concluyendo que el promovente se limitó a señalar una indebida valoración probatoria sin que existiera una discrepancia sobre un mismo punto de derecho, la Sala Superior determinó de forma unánime la inexistencia de la contradicción de criterios, dejando sin cambios las resoluciones previamente emitidas.
Obligaciones de transparencia en partidos políticos
RECURSO DE APELACIÓN SUP-RAP-33/2026 Y ACUMULADO
Magistrada: Mónica Aralí Soto Fregoso
¿Qué pasó?
El Partido Revolucionario Institucional y Morena interpusieron un recurso de apelación contra el Consejo General del Instituto Nacional Electoral para reclamar el acuerdo que validó las tablas de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia de los partidos políticos, señalando que la autoridad excedió sus facultades reglamentarias, duplicó funciones sobre el tabulador de remuneraciones, exigió informes trimestrales ya fiscalizados de forma repetitiva, invadió su vida interna al requerir metas u opiniones de consejos internos e impuso la imposibilidad técnica de reportar gastos de publicidad en radio y televisión, y buscando que se revoque de forma total dicha determinación.
¿Qué resolvió?
Reconociendo la facultad delegada del instituto para validar las obligaciones comunes pero identificando una duplicidad de funciones innecesaria en la publicación de sueldos de directivos, validando la entrega de informes trimestrales de gastos por tener fines de difusión pública distintos a los de fiscalización, coincidiendo en que la legislación no obliga a generar documentos sobre metas y objetivos, constatando la prohibición constitucional de contratar publicidad televisiva que genera una imposibilidad técnica de transparentar esos montos, la Sala Superior revocó parcialmente el acuerdo impugnado por mayoría de votos con el voto en contra del Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, ordenando al Consejo General modificar las tablas de obligaciones de transparencia de los partidos políticos en los rubros invalidados.
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Difusión extemporánea de informes de gobierno
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR SUP-PSC-29/2026
Magistrada: Claudia Valle Aguilasocho
¿Qué pasó?
Rodolfo Alberto Urbina Sánchez presentó un procedimiento especial sancionador contra Samuel Alejandro García Sepúlveda, diversos funcionarios públicos de Nuevo León y varias televisoras locales, señalando que vulneraron las reglas de difusión de informes de labores por transmitir un segundo evento del cuarto informe de gobierno fuera de los plazos legales, realizaron promoción personalizada, adquirieron indebidamente tiempos en televisión y efectuaron actos anticipados de precampaña y campaña, y buscando que se declaren existentes las infracciones y se sancione a los involucrados.
¿Qué resolvió?



